En un primer momento, se pasa a detallar los trámites comunes para la constitución de las sociedades mercantiles y laborales, y luego se detallarán los trámites extras que se tienen que realizar para la constitución de sociedades laborales y profesionales.
Este trámite se hace en el Registro Mercantil Central, y se puede hacer online mediante la web: www.rmc.es Durante este trámite se comprobará que el nombre de la empresa no existe y se reservará. En un primer lugar se pueden consultar 3 denominaciones para ver si están disponibles o no. Una vez realizada la consulta, uno de los/las socios/as solicitará el certificado y se hace sobre 5 denominaciones por orden de preferencia. La denominación social se reserva durante 6 meses y tiene una validez de 3 meses respecto a la firma de la escritura. El plazo de recepción es de máximo 4 días hábiles.
Una vez la denominación recibida, se abrirá una cuenta bancaria a nombre de la empresa “en constitución”, e habrá que ingresar en ella el capital social por cada uno/a de los/as socios/as. La entidad bancaria expide una certificación de dicha aportación, que junto con la denominación social deberán de ser aportadas en la notaria en el momento de la firma de la Escritura pública de constitución de la sociedad mercantil y la firma de los Estatutos Sociales.
Este trámite es instantáneo al momento de ingreso del capital.
La Escritura Pública de constitución se firma ante notario. Antes de la firma habrá que entregar a la notaría la siguiente documentación:
Los Estatutos pueden llevarse previamente preparados por un gestor o abogado o bien puede ser el mismo notario quien los elabore. Normalmente suelen ser unos estatutos tipo de empresa.
El coste económico varía de 300 a 400 euros dependiendo del Capital Social que se aporta.
En la notaría se entregará a los/as socios/as una copia autorizada de la escritura y varias copias simples para su presentación en los diferentes organismos
Se realiza en la Delegación de Hacienda correspondiente al domicilio social de la empresa. Hay que rellenar el modelo 036.
Documentación a presentar:
Se trata de un trámite instantáneo, con este código la empresa podrá ya realizar las primeras operaciones y se le podrá emitir facturas por la compra de bienes o por los servicios que realice. Luego habrá un plazo de 6 meses para retirar el CIF definitivo.
Se trata de un impuesto que grava la constitución. Y aunque algunas sociedades están exentas de pago (las sociedades laborales) hay que realizar este trámite en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente, en Aragón se trata de la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón.
Documentación a presentar:
Nos devolverán la copia autorizada sellada por la administración.
Para que la empresa adquiera personalidad jurídica propia hay que inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio fiscal. Para ello habrá que aportar la siguiente documentación:
Se realiza una provisión de fondos de 100€. El plazo de realización de este trámite es de 10-12 días hábiles.
Habrá que dar de alta a la empresa en la Seguridad Social siempre que se vaya a contratar trabajadores/as o los socios/as (en el caso de las sociedades laborales) vayan a darse se alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Se le asigna a la empresa un Código de cuenta de cotización principal. La solicitud se realizará en el modelo TA.6.
Documentación a presentar:
Los/as socios/as de Sociedades Limitadas, Sociedades Limitadas Unipersonales, Sociedades Anónimas, y Sociedades Anónimas Unipersonales cotizan en el RETA, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Esta alta se realiza mediante el modelo TA.0521-5.
Los/as socios/as de Sociedades Laborales pueden elegir si cotizar en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o en RGSS (Régimen General de la Seguridad Social).
La solicitud se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.
Antes de inscribir la sociedad en el Registro Mercantil hay que realizar la inscripción en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad autónoma correspondiente. Mediante este trámite la sociedad recibe su calificación como “laboral” y queda inscrita en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales.
Documentación a presentar:
Infoculture es un servicio de información para el empleo, la formación y el emprendimiento de los profesionales culturales, con vocación transfronteriza.
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