15/09/2021
El Ministerio de Cultura y Deporte lanza la convocatoria de ayudas extraordinarias para el fomento de la movilidad internacional de autores/as literarios/as (escritores/as, traductores/as e ilustradores/as).
Se convocan subvenciones extraordinarias en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la movilidad internacional de autores/as para el desarrollo de proyectos artísticos o formativos, subvenciones derivadas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que se concretan en el sufragio de los gastos que suponga la realización de estancias en el extranjero de hasta dos meses de duración para dichos/as autores/as.
Apoyar a corto plazo la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar a medio plazo un proceso de transformación estructural y llevar a largo plazo a un desarrollo más sostenible y resiliente desde el punto de vista económico-financiero, social, territorial y medioambiental.
Director: 210,9 € por minuto.
Guionista: 161,97 € por minuto.
Personas físicas, mayores de edad, que tengan la nacionalidad española o residan en España, y sean autoras (escritores/as, traductores/as e ilustradores/as). Sólo podrán presentarse a estas ayudas quienes hayan publicado al menos una obra de carácter literario (perteneciente a cualquiera de sus géneros, como pueden ser narrativa, poesía, ensayo, cómic, teatro o literatura infantil y juvenil), individual o en coautoría de hasta tres autores/as, en cualquier medio escrito o digital, siempre que no se trate de obras publicadas en blogs o en cualquiera de las redes sociales, ni que sean obras autoeditadas.
Las personas solicitantes no podrán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la citada ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Quedan también excluidas expresamente de esta convocatoria las personas jurídicas, comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, así como otras entidades sin personalidad jurídica.
El importe máximo de la subvención será de 1.000.000 euros.
El importe máximo de la ayuda que se conceda no podrá ser superior a 10.000 euros por estancia.
Las subvenciones previstas en la presente convocatoria son incompatibles con aquellas otras que, teniendo también el fin de apoyar dicha movilidad, pudieran ser otorgadas por cualquier entidad pública o privada, a excepción de las concedidas por el centro o institución en el que se desarrolle la estancia, y siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el coste de la actividad subvencionada.
El periodo de solicitud finaliza el 15 de octubre de 2021 a las 14 horas.
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