Subvenciones para proyectos de cooperación Aragón-Nueva Aquitania 2025

03/01/2025

Subvenciones para proyectos de cooperación Aragón-Nueva Aquitania 2025

La Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón ha convocado las subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania para el año 2025.

 

Finalidad

Financiar proyectos de cooperación transfronteriza Aragón-Nueva Aquitania en diversas áreas. Entre ellas se encuentran la cultura, el patrimonio o el turismo.

 

Dirigidas a

  • Empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en Aragón.
  • Entes publicos que tengan su sede y desarrollen su actividad en Aragón.
  • Entidades que integran la Administración local aragonesa.

Las entidades beneficiarias deberán tener, al menos, un socio en el proyecto que tenga domicilio social o sede en la región francesa de Nueva Aquitania. En este sentido, es necesario que el socio francés haya presentado, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Nueva Aquitania en la convocatoria correspondiente a 2025.

 

Dotación

El presupuesto global de la convocatoria asciende a 150.000 euros, distribuidos de la siguiente manera:

  • Para proyectos de entes públicos: 40.000 euros.
  • Para proyectos de entidades locales: 30.000 euros.
  • Para proyectos de empresas privadas: 30.000 euros.
  • Para proyectos de entidades o instituciones sin ánimo de lucro: 50.000 euros.

Las subvenciones que se concedan no podrán superar el 50% de la inversión.

 

Criterios de valoración

  • Interés del proyecto desde el punto de vista de la cooperación transfronteriza (8 puntos).
  • Impacto territorial o poblacional en consonancia con las políticas regionales (3 puntos).
  • Viabilidad del proyecto: experiencia en el desarrollo de actividades de carácter transfronteriza (4 puntos).
  • Carácter innovador del proyecto (2 puntos).
  • Nivel de descripción de las actividades a realizar: ejecución y equilibrio financiero (3 puntos).

 

Gastos subvencionables

  • Personal (en una cuantía que no supere el 50% de la subvención otorgada).
  • Desplazamientos y dietas.
  • Edición, publicación y publicidad.
  • Costes indirectos (hasta el 10%).
  • Gastos financieros, gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales y gastos periciales para la realización del proyecto, así como los de administración específicos si están relacionados con el proyecto.
  • Tributos abonados por la entidad beneficiaria.
  • Otros gastos directamente relacionados con el proyecto.

 

Plazo de presentación

Hasta el 20 de febrero de 2025.

 

Más información

Ver convocatoria (PDF)



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