El pago único para empresarios/as individuales y socios/as de sociedades civiles
A continuación se pasa a detallar los requisitos, las modalidades y la documentación a presentar para solicitar el pago único para iniciar una actividad empresarial como empresario/a indivual o como socio/a de una sociedad civil.
Requisitos:
- Estar desempleado en el momento de la solicitud y no haber iniciado la actividad como autónomo.
- Estar en situación legal de desempleo, es decir que el cese de la relación laboral haya sido por fin de contrato, despido improcedente o por causas objetivas, expediente de regulación de empleo,…
- No haber obtenido el reconocimiento del pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud.
- Que se vaya a iniciar una actividad como trabajador autónomo (empresario o profesional) o como socios de una sociedad civil.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho. Como inicio de la actividad se entiende el alta en Seguridad Social.
Modalidades:
- Solicitar y obtener en solo pago la cantidad que se justifique como inversión necesaria para iniciar la actividad con el límite del 60% del importe total de la prestación pendiente de percibir. Esta cuantía se eleva hasta el 100% cuando se trata de hombres de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años, en el momento de realizar la solicitud. Asimismo se eleva hasta el 100% en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 33% cualquiera que sea la edad. Si no se obtiene el total de la prestación en un solo pago, se puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar cuotas de Seguridad Social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Solicitar y obtener en un único pago la cantidad que se justifique como inversión y no solicitar el resto.
- Solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación para cuotas de Seguridad Social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Donde y cuando se solicita:
En la Oficina de Empleo correspondiente junto con la solicitud de la prestación por desempleo o posteriormente mientras se está cobrando ya la prestación y todavía quedan mensualidades por cobrar, siempre que no se haya causado Alta en la Seguridad Social ni se haya iniciado la actividad.
La solicitud debe ser de fecha anterior al inicio de la actividad como trabajador autónomo.
Documentación a presentar:
- Impreso de solicitud
- DNI
- Memoria explicativa sobre el proyecto de inversión a realizar y actividad a desarrollar.
Tras la resolución de la solicitud habrá un mes para presentar:
- Documento de Alta en la Seguridad social como autónomo o certificado de ingreso en el Colegio Profesional correspondiente, en caso de actividades no sujetas a cotizaciones a la Seguridad Social.
- Justificantes de la inversión realizada (facturas definitivas o contratos).
- Si se trata de subvención de las cuotas de Seguridad Social, boletín de cotización o justificante bancario de su ingreso, correspondiente al mes de inicio de la actividad.
«Actividad subvencionada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte»