Subvenciones a entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial 2024

25/04/2024

Subvenciones a entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial 2024

El Ministerio de Cultura abre el plazo de solicitud de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para entidades sin ánimo de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial, correspondientes al año 2024. El plazo para la recepción de solicitudes acaba el 14 de mayo de 2024, quedando excluidas de esta línea de ayudas la edición de libros, revistas o prensa.

 

Finalidad

Estimular la organización de encuentros de profesionales, la realización de estudios e investigaciones y, en general, la puesta en marcha de cualquier iniciativa que contribuya a mejorar el funcionamiento de la industria editorial.

Se subvencionarán aquellos proyectos de organizaciones sin fin de lucro que mejoren la estructura de este sector y tengan alguno o algunos de los siguientes objetivos:

  1. La celebración de congresos, encuentros y simposios para profesionales.
  2. La elaboración de estudios e investigaciones que permitan tener un conocimiento más profundo de los riesgos y desafíos (socioculturales, tecnológicos y económicos) que atraviesa el sector en su conjunto.
  3. La puesta en marcha de iniciativas que impliquen un funcionamiento más eficaz del conjunto de la cadena del libro y de las publicaciones culturales en sus distintas fases (producción, distribución, comercialización, préstamos bibliotecarios).
  4. El desarrollo de actuaciones que mejoren la comunicación entre los distintos agentes editoriales (autores, traductores, ilustradores, editores, distribuidores, libreros, bibliotecas).
  5. El impulso de la reconversión del sector al modelo digital.
  6. La mejora de la formación de los profesionales del sector en materia de innovación.

 

Dirigidas a

Fundaciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y, en general, cualquier entidad sin ánimo de lucro. Las entidades deben de estar legalmente constituidas en el momento de solicitar la ayuda, deberán tener residencia fiscal en España y deberán tener por objeto social la realización de actividades de promoción del libro o de las publicaciones culturales.

 

Requisitos

  • Cada entidad podrá presentar, como máximo, cinco proyectos.
  • Se consideran proyectos aquellas actividades que se vayan a desarrollar como máximo en un plazo de 12 meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

 

Criterios de valoración

Se seguirán los siguientes criterios generales:

  1. Relevancia e interés técnico del proyecto para el sector editorial (50 puntos máximo).
  2. Equilibrio, realismo y coherencia de la memoria económica en relación con la actividad (30 puntos máximo).
  3. El desarrollo de sinergias dentro del sector (10 puntos máximo).
  4. Empleo y fomento de las nuevas tecnologías y la introducción de aspectos medioambientales en el proyecto (máximo 10 puntos).

 

Dotación

El importe global de la subvención es de 350.000 euros.

La cuantía individualizada que reciba cada proyecto se concretará en función de la puntuación:

  • De 0 a 49 puntos: 0 euros.
  • De 50 a 54 puntos: 5.000 euros
  • De 55 a 59 puntos: 7.500 euros.
  • De 60 a 64 puntos: 10.000 euros.
  • De 65 a 69 puntos: 15.000 euros.
  • De 70 a 74 puntos: 20.000 euros.
  • De 75 a 79 puntos: 25.000 euros.
  • De 80 a 84 puntos: 35.000 euros.
  • De 85 a 89 puntos: 45.000 euros.
  • De 90 a 100 puntos: 55.000 euros.

 

Presentación de la solicitud

Para la presentación es necesario tener un certificado electrónico válido a nombre del solicitante. Puede encontrar la información para adquirirlo o obtener una en :

Principales Autoridades de Certificación

Prestaciones de servicio electrónicos de confianza cualificados

Debe realizar la presentación de la solicitud a través de la Sede electrónica del Ministerio de Cultura en el apartado de Procedimientos/Ayudas.

Con la solicitud se deberá enviar los siguientes documentos:

  • Documentación administrativa de expediente (cuenta bancaria, NIF, estatutos de la entidad, documentación acreditativa, actividades realizadas durante los últimos años).
  • Documentación específica por cada actividad (proyecto de la actividad, calendario, presupuesto).

 

Plazo de presentación

Hasta el 14 de mayo de 2024 a las 23,59 h.

 

Más información

Ver sitio web

Ver bases de la convocatoria (PDF)

Ver extracto de la convocatoria en el BOE (PDF)



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